Page 118 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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Por último, la noción a cuyo tenor se entiende por naviero tanto al propietario del buque,
                   que lo pertrecha, dota,  avitualla  y explota por  su  cuenta y riesgo, como a  la  persona
                   encargada de representar al buque en el puerto en que éste se halle.

                   5.2.11.- SEGURO MARÍTIMO: Los  seguros marítimos cubren los riesgos de transporte
                   de bienes.  Con  el tiempo,  este  tipo  de  seguros  son  una  mezcla  de  seguros  sobre  la
                   propiedad que se dividen en seguros terrestres y seguros marítimos.

                   Los seguros terrestres cubren los riesgos asociados al transporte por tierra. Con el tiempo
                   se amplió para cubrir los riesgos inherentes al transporte de cualquier propiedad y en la
                   actualidad  cubren  sobre  todo  los  riesgos  que  afectan  a  la  propiedad  móvil personal o
                   comercial. Hoy día, el seguro más común ofrece la posibilidad de asegurar con una única
                   póliza todo tipo de bienes de lujo: joyas, pieles, plata, obras de arte...

                   Los  seguros  marítimos  se  subdividen  en  tres:  seguros  para  naves  (cubren  la  posible
                   pérdida o reparación del barco), seguros para el cargamento (pérdida o deterioro), y para
                   protección e indemnización (cubre la responsabilidad del propietario de la nave frente a
                   terceros),   y   se   encuentran   descritos   en  el   titulo   XIII,   artículos   1703   AL   1765
                   del Código de Comercio.

                   El  seguro  de  la  nave protege  a  los  propietarios  de  cualquier daño que  pueda  sufrir  la
                   embarcación. Suelen cubrir el riesgo de encallar, el hundimiento, el incendio o la colisión.
                   La  cláusula  que  cubre  la  colisión  también  cubre  el  seguro  de  responsabilidad  por  las
                   pérdidas o daños que se provoquen al otro barco, así como a la carga que éste transporte.

                   El  seguro  que  cubre  la  carga  es  válido  para  aquellos  buques  que  transportan  bienes
                   marítimos  o  por  vía  aérea  debido  al  comercio  internacional.  Los  riesgos  que  cubre  el
                   seguro pueden ser específicos (por ejemplo, pérdida o daño debido al hundimiento del
                   buque, o a un incendio) o "a todo riesgo", y pueden contratarse para un único viaje (póliza
                   específica) o para múltiples viajes (póliza abierta). Esta última es la más habitual y suele
                   cubrir los riesgos "de almacén a almacén", por lo que también cubre riesgos de transporte
                   terrestre.

                   Cuando una nave está en peligro debido a un  incendio, una tormenta  o cualquier otra
                   amenaza, deben tomarse todas las medidas posibles para mantenerlo a flote. A menudo,
                   estas medidas dañan ciertas partes de la nave o del cargamento. En pro de la equidad,
                   cada propietario asume una parte de la pérdida debido a las medidas tomadas para salvar
                   el barco y la totalidad de la carga. Este método se conoce como prorrateo de las pérdidas.

                   El seguro de protección e indemnización (P & I) protege al propietario de la nave de la
                   responsabilidad  por  daños  al  cargamento  en  la  guardia  y  custodia;  por la  muerte de
                   pasajeros,  tripulación,  manipuladores  y  otros;  del  daño  causado  a  los  rompeolas,
                   muelles,   cables   submarinos   y   puentes;   y,   hoy   en   día,   por   daños   causados
                   por contaminación.

                   Otras formas de cobertura incluidas en los seguros marítimos cubren riesgos tan variados
                   como  los  que  afectan  a  los  propietarios  de  diques,  muelles,  instalaciones  para  la
                   reparación de buques, puertos deportivos y astilleros. Las pólizas para proteger los yates
                   pueden  realizarlas  aseguradoras  marítimas  (lo  normal  es  que  estén  destinadas  a  los
                   grandes  yates)  y  proporcionan  un  seguro  tanto sobre  la  propiedad  como por
                   responsabilidad.   Los   veleros   y   los   pequeños   yates   suelen   estar   asegurados
                   por  empresas de  seguros  terrestres.  El  seguro  de  construcción  de  naves  cubren  los
                   riesgos de pérdida durante el proceso de construcción.





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