Page 117 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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tecnología que permiten revisar en forma eficaz y rápida los contenedores sin necesidad
                   de abrirlos y verificar su contenido.

                   5.2.9.-    LA PESCA MARÍTIMA: La    Pesca    Marítima    es    la acción u    oficio    de
                   capturar peces en el litoral enmarca una de las actividades más antiguas del hombre. Tal
                   forma de producción, que partió en sus orígenes del empleo de las más rústicas artes,
                   ha sido objeto, gracias a una intensa labor de investigación y experimentación, de una
                   transformación     tan     radical     que     hoy     día     contribuye     sustancialmente     a
                   la   alimentación humana.

                   El empleo de las más modernas artes en la pesca marítima, y en muchas ocasiones el
                   sobreesfuerzo  continuado,  han  llegado  a  poner  en  peligro  la  cantidad  y calidad de
                   los  recursos pesqueros.

                   En la actualidad, la necesaria y urgente política de recuperación de los caladeros es una
                   constante común para todos los países ribereños. La importancia de la actividad pesquera
                   no ha sido tenida en cuenta en nuestro país no existiendo una política pesquera que sea
                   de singular trascendencia. La Armada Nacional cuenta con el Instituto de Oceanografía
                   realiza el estudio de las condiciones físicas, químicas y biológicas de las aguas de nuestros
                   litorales, vigilando el estado los recursos pesqueros, lo que sería el punto de partida en
                   el diseño de una política pesquera adecuada.

                   La  trascendental  importancia  de  las  relaciones  pesqueras  internacionales  exige  la
                   colaboración de un ente nacional que maneje los recursos pesqueros con el Ministerio de
                   Asuntos Exteriores en la  negociación de acuerdos internacionales de pesca y el ejercicio
                   por  aquélla  de  las funciones relacionadas  con  la  actividad  de  las  flotas  en  aguas
                   internacionales o de terceros países y con las cuestiones internacionales en materia de
                   pesca.

                   Colombia a pesar de contar con dos océanos, es uno de los países más atrasados en lo
                   que  hace  referencia  a  la  pesca  marítima,  no  contando  con  una  flota  significativa  de
                   captura,  encontrando  que  son  muchas  las  naciones,  (muchas  distantes  como Japón y
                   Noruega) que llegan a nuestros mares a realizar faenas de pesca, en forma legal, pero
                   sin embargo también son muchos los países que entran a nuestra zona marítima en forma
                   ilegal,  en  caso  de  los  pescadores  artesanales  Ecuatorianos  en  el  pacifico  y  los
                   nicaragüenses  en  el  Atlántico,  siendo  sorprendidos  por  las  patrulleras  del  Cuerpos  de
                   Guardacostas. En muchos de los casos conocidos se ha encontrado que los pescadores
                   efectúan  su  labor en  situaciones  deprimentes  vulnerándose  los  convenios  de  OIT  y  la
                   gente de mar, inclusive se han encontrado menores de edad realizando labores prohibidas
                   para    ellos    en    los    diferentes    convenios    internacionales,    que    vulnera    tanto    la
                   normatividad   laboral del país de origen como del nuestro.

                   5.2.10.- EMPRESARIO MARÍTIMO  O  ARMADOR. En  sentido  amplio,  es  empresario
                   marítimo o naviero la persona -natural o jurídica- o personas que, por sí o por medio de
                   un representante -el armador naval-, dedica uno o más buques,  de su propiedad o de
                   propiedad  ajena  -pero  de  cuya  utilización  dispone,  en  virtud  de  un  título  jurídico
                   adecuado-, al ejercicio del transporte marítimo, cualquiera que sea la finalidad -comercial
                   o no- de éste.

                   Se entiende por naviero a la persona encargada de facilitar o representar el buque en el
                   puerto en que se halle. Esta construcción legal del concepto es fuertemente controvertida
                   por la doctrina, que se encuentra dividida ante esta noción central del tráfico marítimo,
                   que    al    constituir,    en    principio,    el    núcleo    de    imputación    de    las
                   responsabilidades derivadas de la navegación, implica la determinación del titular de la
                   empresa de la navegación.

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