Page 77 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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Para comprender en su justo término el alcance de este comité, importa advertir que la
                   zona  y  sus recursos son  patrimonio  común  de  la  humanidad,  entendiéndose  como
                   recursos los materiales sólidos, líquido o gaseosos situada en la Zona o fondos marinos
                   y oceánicos y su sub-suelo, incluido los nódulos polimétalicos fuera de los  límites de la
                   jurisdicción nacional[138]

                   2.3.20.2. TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL MAR (INTERNATIONAL
                   TRIBUNAL  FOR  THE  LAW  OF  THE  SEA): La  segunda  organización  creada  por  el
                   Convenio de las Naciones Unidas sobre el derecho del Mar del 10 de diciembre de 1982,
                   es el TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL MAR regulado en el anexo VI de la
                   convención que la dota de un estatuto jurídico propio, cuya sede se encuentra en la ciudad
                   de Hamburgo, de la República de Alemania, tienen competencia para fallar los supuestos
                   establecidos en la Convención del mar, así como la relación con cualquier otra controversia
                   que  sea  sometida  al  Tribunal,  y  que  este  previsto  en  otros  diversos  que  confiera
                   competencia al tribunal, sus fallos serán definitivos y obligatorios y en caso de desacuerdo
                   sobre el sentido y alcance del fallo, el Tribunal lo interpretará a solicitud de cualquiera de
                   las partes.

                   El  Tribunal  Internacional  del  Derecho  del  mar  es  un  cuerpo  judicial  independiente
                   establecido   por   convención   para   instruir   y   juzgar   los conflictosresultantes   en   la
                   interpretación  y  el  uso  de  los  tratados  entre  los  países  miembros.  Dicho  Tribunal  se
                   compone  de  21  miembros  independientes,  elegidos  entre  las  personas  que  gozan  de
                   reputación, capacidad, imparcialidad e integridad más alta dentro del campo del derecho
                   del mar.  Conforme  a  lo  provisto dentro  de  su  estatuto,  el  tribunal  ha conformado  las
                   siguientes secciones: La sección de procedimiento sumario, la sección para los conflictos
                   de las  industrias pesqueras y la sección para los conflictos marinos del medio ambiente.
                   A petición de Chile y de la  Comunidad Europea, el tribunal también ha formado la sección
                   especial para tratar los casos referentes a la conservación y la explotación sostenible de
                   la  pesca de los peces espadas del sudeste del Océano Pacífico. Los conflictos referentes
                   a las actividades en el área internacional del fondo del mar son conocidas por la sección
                   de los conflictos del fondo del mar, conformada por 11 jueces. El Tribunal está abierto a
                   los Estados partes y firmantes de la convención y, en ciertos casos, a las entidades u
                   organizaciones internacionales y personas naturales o jurídicas.

                   2.3.20.2.1. JURISDICCIÓN DEL TRIBUNAL INTERNACIONAL DEL DERECHO DEL
                   MAR: La jurisdicción del Tribunal abarca todos los conflictos sometidos a ella de acuerdo
                   con  la  convención.  También  se  extiende  a  todas  las  materias  proporcionadas
                   específicamente para en cualquier otro acuerdo que confiera jurisdicción al tribunal. Los
                   conflictos del fondo del mar que el compartimiento es competente dan dictámenes sobre
                   las  preguntas  legales  que  se  presentan  dentro del  alcance de  las  actividades  de  la
                   autoridad internacional del fondo del mar. El Tribunal puede también dar dictámenes en
                   ciertos  casos  según  los  términos  de los  acuerdos  internacionales relacionados  con  los
                   propósitos de la convención. Los conflictos ante el tribunal son instituidos por el uso escrito
                   o  por  la  notificación  de  un  acuerdo  especial.  El  procedimiento  que  se  sigue  para  la
                   conducta de casos sometió al tribunal se define en sus reglas y estatutos.

                   2.3.20.2.2.  ESTADOS  PARTES:  Los  Estados  que  han  suscrito  y  reconocido  la  XI
                   Convención  de  las  Naciones  Unidas  sobre  el  derecho  del  mar  que  creó  el  Tribunal
                   Internacional del derecho del Mar, son  actualmente 155  estados. Las reuniones de los
                   Estados partes se encuentra estipulada en el artículo 319, párrafo 2 (e), y es el secretario
                   general  quien convoca  a  las  reuniones necesarias  de  acuerdo con  lo  estipulado  en  los
                   estatutos. Los asuntos a tratar en las reuniones incluyen la elección de los miembros del



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