Page 49 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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2.2.1  JURISDICCIÓN  MARÍTIMA  EXISTENTE  EN  COLOMBIA:  En  la  actualidad  lo
                   referente a Derecho marítimo en Colombia, se desarrolla no dentro en ámbito jurídico si
                   no dentro de lo administrativo y le corresponde su desarrollo y ejecución a la Dirección
                   General Marítima la cual tiene las siguientes funciones:

                       •  1) Asesorar al Gobierno en la adopción de políticas y programas relacionados con
                          las actividades marítimas y ejecutarlas dentro de los límites de su jurisdicción.

                       •  2) Dirigir, regular,  controlar  y  promover  el  desarrollo de  la Marina  Mercante,  la
                          investigación científica marina y el aprovechamiento de los recursos del mar.

                       •   3) Coordinar con la Amada Nacional el control del tráfico marítimo.

                       •  4) Instalar  y  mantener  el  servicio  de  ayudas  a  la  navegación,  efectuar  los
                          levantamientos hidrográficos y producir la cartografía náutica nacional.

                       •   PAG 4
                       •  5) Regular,   dirigir   y   controlar   las   actividades   relacionadas   con
                          la seguridad de  la  navegación  en  general,  la  seguridad  de  la  vida
                          humana  en  el  mar,  la  búsqueda  y  salvamento  marítimos  y  fijar  la
                          dotación de personal para las naves.
                       •  6) Autorizar  la  operación  de  las  naves  y  artefactos  navales  en  aguas
                          colombianas.
                       •  7) Regular,    autorizar    y    controlar    la    adquisición, construcción,
                          reparación, alteración, mantenimiento, utilización, desguace y venta de
                          naves y artefactos navales. Para estos efectos podrá exigir que las naves
                          que se proyecten construir, tengan las características recomendadas por
                          la Armada Nacional por razones de defensa.
                       •  8) Regular,  autorizar  y  controlar  las  actividades  relacionadas  con  el
                          arribo, atraque,  maniobra, fondeo,  remolque  y  zarpe  de  las  naves  y
                          artefactos navales; practicar la visita de recepción a puerto colombiano
                          a las naves y artefactos navales a través de las Capitanías de Puerto.
                       •  9) Regular,  efectuar  y  controlar  la  inscripción, registro,  inspección,
                          clasificación, matrícula y patente de las naves y artefactos navales.
                       •  10) Fomentar, autorizar y supervisar la organización y funcionamiento
                          de  los  astilleros,  talleres  y  demás  instalaciones  para  la  construcción,
                          reparación y mantenimiento de naves y artefactos navales e inscribirlos
                          como tales.
                       •  11) Autorizar,   inscribir   y   controlar   el  ejercicio   profesional  de   las
                          personas naturales y jurídicas dedicadas a las actividades marítimas en
                          especial las de practicaje, remolque, agenciamiento marítimo, corretaje
                          de   naves   y   de   carga,   portuarias,   estiba,   dragado,   clasificación,
                          reconocimiento,  bucería,  salvamento  y comunicaciones marítimas  y
                          expedir las licencias que correspondan.
                       •  12) Asesorar  el Gobierno en  la  regulación  y control de  los  centros  de
                          formación, capacitación y entrenamiento de la gente de mar, sus planes
                          y programas e  inscribir  y  expedir  las  licencias  profesionales  a  sus
                          egresados; expedir las licencias a los peritos en las distintas actividades
                          profesionales marítimas e inscribirlos como tales.



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