Page 35 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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ESTA PARTE HAY QUE VERLA CON LOS CAMBIOS A RAIZ DEL
                                       2006MLC (2010)

                   Actualmente,  la Dirección  General de  Marina Mercante, Departamento de  la  Autoridad
                   Marítima de Panamá, se encarga de los Registros de Naves y todo lo concerniente a esto,
                   anteriormente lo realizaba la Dirección Consular de Naves.

                   1.4.7.7.  DERECHO  LABORAL MARITIMO  EN  PANAMA:  En  1999  Panamá  tenía  un
                   registro de 9867 naves. Las tripulaciones de las naves panameñas alcanzan a más de
                   100 mil marinos de muchas nacionalidades.

                   Hasta  hace  poco  las  condiciones  de  trabajo  en  las  naves  panameñas  habían  sido
                   reglamentadas por un capítulo del Código de Trabajo, que contenía pocas disposiciones
                   y cubría sólo muy parcialmente los asuntos laborales marítimos. Entre situaciones que
                   sirvieron cómo base para que se creara esta legislación: primero los convenios que eran
                   firmados por Panamá y no eran cumplidos, la insuficiencia de una adecuada regulación
                   producto    de    la    aplicación    de    las    normas    laborales    de tierra a relaciones
                   laborales marítimas, y las quejas de Francia ante la OIT[72]por la situación de las naves
                   EAGLE ONE y DOMINO. Las quejas fueron discutidas ante el Consejo Administrativo de
                   la   OIT.   Los   diferentes  informes elaborados   sobre   las   condiciones   de   los   barcos
                   panameños provocaron que surgiera críticas al gobierno panameño por el registro abierto
                   de  nuestro  país,  el  cual  servía  para los  armadores, como forma  de  evadir  impuestos,
                   reglas sobre cambios de seguridad, normas de trabajo etc.

                   La Federación Internacional de Obreros del Transporte[73](ITF, siglas en  inglés) propuso
                   adoptar un boicot internacional contra las naves pertenecientes a los países en los que la
                   situación  de  los  salarios  no  era  satisfactoria  y  no  existía  condiciones  de  trabajo  ni
                   seguridad. La ley 39 de 8 de julio de 1976 estableció el servicio de inspección de naves
                   dedicadas al servicio exterior bajo bandera panameña, decía la ley que todas las naves
                   que naveguen bajo bandera panameña y estén dedicadas al comercio internacional y otras
                   actividades lucrativas, estaban sujetas a una inspección anual. [74]








































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