Page 28 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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jurisdicción personal, al grado del valor de la característica asegurada, sobre un
demandado no encontrado en el distrito (no estando físicamente presente en esto para
los propósitos del servicio en comparación con hacer Proceso en el distrito) y también los
actos comoseguridad para cualquier juicio que se pudiera obtener en la acción. Esta
sección se debe seguir para la protección, y el mantenimiento de esa característica.
Cuando el proceso de acción permanente o del accesorio o del embargo marítimo se ha
publicado, la nave se puede secuestrar solamente en el distrito que publica el proceso. A
menos que sean autorizados de otra manera por el estatuto.
c). Sobre personas: Las acciones son procedimientos contra una persona o personas (el
dueño o los dueños de una nave). Una acción en personas se utiliza para asegurar un
juicio contra la persona más bien que contra la nave o la otra característica implicada en
el incidente. Una acción será traída a menudo en personas y en la acción permanente.
1.4.4.3. PROCEDIMIENTOS GENERALES: Sobre la autorización de la corte se publicará
una autorización para la detención de la nave que es el tema de la acción o publicará un
escrito del anexo o del embargo marítimo y la entregará al servicio de los Alguaciles de
Estados Unidos. En los procedimientos básicos que se deben repasar y seguir para
alcanzar la detención, el anexo, o el embargo. Aunque las reglas suplementales para la
Secretaría de marina y las demandas marítimos autorizan a personas u organizaciones
con excepción del servicio de los Alguaciles de Estados Unidos[67]el cual se nombrará
por la corte para ejecutar la autorización de la detención, o del embargo y captura de una
nave siendo la tarea exclusivamente del servicio de los Alguaciles de Estados Unidos. El
asimiento de la otra característica tangible o intangible se puede ahora emprender
correctamente por otras personas u organizaciones si es nombrado por la corte en la
autorización de la detención, de la escritura del accesorio, o del embargo. Además,
muchos distritos tienen reglas locales el pertenecer a los procedimientos del ministerio de
marina y éstos deben ser seguidos donde aplicables. Le aconsejan entrar en contacto con
la oficina local apropiada de los Alguaciles de Estados Unidos para la dirección.[68]
1.4.5. DERECHO MARITIMO BRASILERO: El Derecho Marítimo de Brasil se desarrolla
a raíz del incidente con la nave de bandera alemana "BADEN" ocurrido el 24 de octubre
de 1930, cuando en el puerto de la ciudad de Río De Janeiro, se produjo un acontecimiento
que marcaría la historiamarítima del Brasil, la que fue cubierto por la prensa escrita
Carioca. La nave BADEN, al cruzar la salida de la barra de Río De Janeiro, no obedeció señal
emanado de la Fortaleza de Santa Cruz, que le dio orden de detenerse. La fortaleza de
Vigía (actual Fortaleza de Caxias, también conocido como fuerte del timón) al percatarse
que la nave alemana no obedeció la orden de detenerse, disparó contra el BADEN,
alcanzando los tiros de artillería a la nave alemana, dejando muertos y herido entre los
miembros más importantes de la tripulación. Un periódico de la época difundió así el
incidente: "… El carguero alemán BADEN intentó forzar la barra. En casi total oscuridad,
el carguero alemán Baden, intentando forzar la salida de la barra, fue amonestado por el
Fortaleza de Santa Cruz, con dos tiros secos de pólvora." desobedeciendo la orden de no
continuar el viaje, aumentando la velocidad, cuando la Fortaleza de Copacabana se
percató de la desobediencia del carguero disparó y una bala lo alcanzó y causó grande
daños y produjo 15 víctimas fatales. "El BADEN, retrocedió a puerto, yendo su tripulación
ante las autoridades. Las 15 víctimas, cuyos nombres no conseguimos, fueron remitidas
al depósito de cadáveres…"
Después del incidente, fue objeto de comentarios tanto del público como de la prensa, la
delegación del gobierno Alemán en Río De Janeiro solicitó que se llevara a cabo
una investigación por parte de una comisión a bordo de la nave. En un comunicado hecho
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