Page 105 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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CAPITULO V

                   Propuesta

                   5.1. CONSIDERACIONES GENERALES

                   Conforme al trabajo de investigación hecho a lo largo de tres (3) años podemos decir sin
                   temor a equivocarnos que efectivamente Colombia por su posición geográfica y política y
                   por su riqueza hídrica requiere la creación del Tribunal Marítimo y Fluvial, para fortalecer
                   desde lo jurídico el amor por los mares y ríos de nuestra gran patria colombiana.

                   La  Necesidad  del  Tribunal  Marítimo  y  Fluvial,  nace  de  un  estudio  concienzudo  de  las
                   falencias  existentes  en  el  Derecho  Colombiano,  al  no  tener  como  una  especialidad
                   fundamental  lo  referente  al  Derecho  Marítimo,  pues  como  se  ha  dicho  a  lo  largo  del
                   presente trabajo monográfico, son muy pocas las Universidades colombianas que se han
                   ocupado del tema Marítimo tales como la Universidad ICESI, de Cali, la Universidad San
                   Buenaventura  de  Cartagena,  la  Universidad  Externado  de  Colombia  Bogotá  D.C.  la
                   Universidad Sergio Arboleda de Santa Marta, la Universidad Libre Seccional Pereira entre
                   otras.

                   La  conciencia  marítima  debe  resurgir  como  una  necesidad  manifiesta  en  las  aulas
                   universitarias y en las instituciones de ordenan nacional, departamental y municipal con
                   intereses marítimos o fluviales, bien por la navegación, los puertos o por el uso que se
                   da  a  las  aguas,  primordial  ingrediente  de  la  vida  sobre la  tierra.  Las  grandes  masas
                   acuíferas  y  actividad  desarrollada  en  éstas  debe  estar  regulada  jurídica  y
                   administrativamente y mucha son ya las normas que al respecto ha expedido el legislativo
                   colombiano. Debemos entonces concentrar en un área especifica del derecho todas estas
                   normatividades  para  fortalecer  el  DERECHO  MARÍTIMO  COLOMBIANO,  suscribiendo y
                   ratificando los convenios internacionales que al respecto se han expedido y que Colombia
                   por estar de espaldas a sus mares no los ha suscrito. Es hora pues, de ponernos de frente
                   mirando al horizonte y a lo largo de nuestros mares y ríos, manifestando la presencia
                   jurídica en esta gran parte de nuestra patria, no hay que dejar que la historia se repita
                   en  la  cuales  nuestros   ancestros  de  un  plumazo  desechaban  las  columnas  de
                   nuestra   identidad marítima,  no  dejemos  que  se  vuelva  a  repetir  lo  de Panamá,  lo  del
                   archipiélago de los Monjes y la gran perdida sobre el golfo de Maracaibo o Coquibacoa.

                   Es hora de despertar del letargo y crear definitivamente conciencia en que Colombia y
                   su gente se merece un Tribunal Marítimo y Fluvial, pues  el aguaha sido el pasado, es el
                   presente y será el futuro de la humanidad.

                   5.2. PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN DE LA JURISDICCIÓN MARITIMA Y
                   FLUVIAL EN COLOMBIA

                   Para la implementación de la jurisdicción marítima y fluvial en Colombia, se contemplan
                   cuatro propuestas, todas viables y aplicables con la realidad de nuestro país, siendo éstas
                   las siguientes:

                   5.2.1. PROPUESTA UNO: En esta opción se  plantea  la creación de un único  Tribunal
                   Nacional  Marítimo  y  fluvial,  cuya  sede  sería  la  ciudad  de  Cartagena  (Bolívar),  con
                   dependencia  multinstitucional,  pues  haría  parte  de  la  Rama  Judicial,  en  su  estructura
                   jurídica  y  del  Ministerio  de  Defensa,  (Armada  Nacional)  en  lo  referente  a  la  parte
                   administrativa y de personal.

                   En  cada  una  de  los  municipios  donde  exista  Capitanía  de  Puerto,  se  establecerían
                   Juzgados de Primera Instancia, con categoría de Circuito. El Juez además de ser abogado



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