Page 104 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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Permanente entre el Ministerio de Transporte y la Dirección General Marítima, DIMAR.
Participan también en los asuntos de competencia tanto del Ministerio de Transporte,
Inspecciones Fluviales como la Dirección General Marítima en las acciones orientadas por
el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres. Se establece además que el
Instituto Nacional de Concesiones, INCO, y el Instituto Nacional de Vías en relación con
lo de su competencia, para el desarrollo de las actividades del modo de Transporte
marítimo, serán asesorados por la Dirección General Marítima, DIMAR, en el área de su
competencia.
En lo que respecta a los procesos por asuntos relativos al Derecho Marítimo interno, tales
como abordaje o colisión, litigios laborales, acciones civiles generales, penales y
administrativas, son dirimidos en la actualidad por las Salas de decisión de cada una de
las áreas existentes al interior de los Tribunales Superiores y Administrativos o por los
Juzgados en igual forma.
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