Page 104 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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Permanente entre el Ministerio de Transporte y  la Dirección  General Marítima, DIMAR.
                   Participan  también  en  los  asuntos  de  competencia  tanto  del  Ministerio  de  Transporte,
                   Inspecciones Fluviales como la Dirección General Marítima en las acciones orientadas por
                   el Sistema Nacional de Prevención y Atención de Desastres. Se establece además que el
                   Instituto Nacional de Concesiones, INCO, y el Instituto Nacional de Vías en relación con
                   lo  de  su  competencia,  para  el  desarrollo  de  las  actividades  del  modo  de  Transporte
                   marítimo, serán asesorados por la Dirección General Marítima, DIMAR, en el área de su
                   competencia.

                   En lo que respecta a los procesos por asuntos relativos al Derecho Marítimo interno, tales
                   como  abordaje  o  colisión,  litigios  laborales,  acciones  civiles  generales,  penales  y
                   administrativas, son dirimidos en la actualidad por las Salas de decisión de cada una de
                   las áreas existentes al interior de los Tribunales Superiores y Administrativos o por los
                   Juzgados en igual forma.





























































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