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MARINA MERCANTE Y SUS REGULACIONES
POR CRISIS LOGISTICA COLOMBIA PIENSA VOLVER A LAS NAVIERAS
PROPIAS
CC(RA) JAIRO QUINONES 38-80
Hace poco leí un artículo con el título arriba indicado y lo tomé para escribir el mío.
Desde tiempo atrás y en medio de mi trabajo profesional en Miami veía con incomodidad
barcos con banderas de otros países, menos de Colombia. Esa parte casi que no la entendía
y vino algo que termino de incomodarme, de ponerle sal a la herida, fue una entrevista que
el periódico LA REPUBLICA le hizo a Liliana Fernández, estamos hablando del 7 de Junio de
2011. Ella fue embajadora de Panamá en el Reino Unido, y actualmente es consultora en
temas portuarios.
La entrevista fue titulada EL GOBIERNO DEBE ENTENDER QUE LA PARTE MARITIMA ES UNA
LOCOMOTORA DE DESARROLLO
El contenido de la entrevista fue, para mí, lacerante por las verdades que ella expuso con el
“agravante” de que una persona extranjera viniera a decirnos lo que entre otras cosas
sabemos, pero que no reaccionamos, no la voy a repetir para no sacar ampolla, pues el motivo
es ayudar a echar para adelante, en su momento pensé que algunos se “rasgarían las
vestiduras”, o que al menos sin ellas si hubiera habido alguna reacción. Pero nada paso.
En parte de la entrevista mencionaba de la debilidad de la Infraestructura y política marítima,
y que esta ha tenido una visión hacia el interior y poca visión marítima.
Desde ese tiempo han cambiado algunas cosas, únicamente por el factor humano y
profesional lo tenemos, y es muy bueno, pero no por razón de una Estrategia..
A partir de este punto del artículo, lo que escribo es un concepto personal, nacido de
experiencias que he tenido en mi vida profesional, posiblemente pueda estar equivocado en
algunas de mis apreciaciones, pero ya que estamos en este momento cronológico creo que
debemos aportar ideas entre todos y algunas de estas podrán ser tenidas en la cuenta.
DECRETO 2324 DE 1984
Creo el primer amarre que tenemos es este decreto donde le pusieron las Funciones a DIMAR.
El art. 3º describe algunas Actividades Marítimas y el Art. 4º se las asigna a DIMAR como sus
funciones. ERROR, si bien son actividades marítimas no todas pueden ser tareas de DIMAR,
allí hay funciones que las podemos clasificar bajo tres conceptos: DIMAR1, DIMAR2,
GUARDACOSTAS.
DIMAR, si bien es la Autoridad Marítima de Colombia, normalmente es “LA BANDERA”, tiene
una funciones administrativas y operacionales como FAROS Y BOYAS, Investigaciones y en
general lo que podemos agrupar bajo el concepto de DERECHOS DEL MAR. También como
bandera, fija las regulaciones bajo las cuales deben operar las naves nacionales y extranjeras,
estas últimas mientras naveguen en aguas colombianas.
Hay otro DIMAR que lo podemos denominar DIMAR2 que regula, también como bandera, los
aspectos que tienen que ver con la Marina Mercante, tal vez si le damos una calificación
podamos encasillar sus funciones, todo lo que tenga que ver con dinero $$$$. Dividido en
tres campos muy bien definidos: Gente de Mar, Naves y Regulaciones tanto nacionales como
internacionales, y como la bandera adopta esas Regulaciones Internacionales, especialmente
las de la IMO.
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