Page 6 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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El  Derecho  marítimo  y  fluvial,  es  la  rama  del  Derecho  que  regula  el comercio y  la
                   navegación  en  alta  mar  y  en  general  en  todas  las  aguas  navegables.  De  una  forma
                   material, el término encierra el conjunto de costumbres, leyes, tratados internacionales y
                   decisiones  de  los  tribunales  que  atañen  a  la propiedad y operaciones de  los  buques,
                   al transporte de pasajeros y cargamentos y los  derechos y obligaciones de la tripulación
                   durante los  viajes.

                   1.2.3. ¿CUÁL ES LA RAZÓN DE SER Y LAS CARACTERISTICAS DEL DERECHO
                   MARÍTIMO?

                   La razón de ser del Derecho Marítimo moderno responde a las necesidades de este medio
                   diferente,  encerrando  un  sistema  completo  de  normas  jurídicas,  tomando  diversos
                   elementos  de  otras  disciplinas  del derecho  (derecho  interno  o internacional,  público  y
                   privado,  administrativo,  Comercial  o  mercantil,  civil,  penal, laboral, fiscal o  procesal).
                   Todas  estas  "piezas  sueltas"  que  lo  constituyen,  son  apéndices  marítimos  de  tales
                   especialidades que, al fundirse en el crisol de los principios generales propios del Derecho
                   Marítimo y/o del Derecho del Mar, forman figuras jurídicas originales. Al funcionar estas
                   instituciones marítimas y relacionarse entre sí, engendran un sistema jurídico completo
                   racional, ordenado según una lógica que responde a principios comunes, sintetizando en
                   su aplicación al fenómeno marítimo todas las reglas del derecho.[3]

                   Es clásico, sin embargo, definir el Derecho Marítimo haciendo referencia al hecho de la
                   navegación  por  mar  o  incluso  por  cualquier  clase de  aguas  (lagos  y  ríos),  también
                   denominado "transporte autárquico". Otros tratadistas definen el Derecho Marítimo como
                   el conjunto de reglas que rigen la navegación marítima desde el punto de vista jurídico.
                   Se habla del derecho de la navegación, dentro del cual el Derecho Marítimo es el derecho
                   especial de la navegación marítima.

                   Sin  embargo  para  precisar  el  concepto  del  Derecho  Marítimo  moderno  es  necesario
                   determinar su objeto o contenido, que rebasa el propio del Derecho Mercantil y abarca el
                   llamado derecho del Mar o internacional marítimo.

                   Es exacto distinguir entre materias típicas del derecho de la navegación e instituciones
                   no  típicas.  Así,  se  pueden  formular  las  siguientes  proposiciones  generales  en  orden  a
                   concretar el objeto del Derecho Marítimo: a) al lado de las normas de derecho privado es
                   necesario contemplar, el derecho público marítimo; b) La materia no está limitada a la
                   navegación propiamente dicha, sino que se extiende al ambiente en que esta actividad
                   se   desenvuelve,   con   particular atención al   lugar,   medio   o dominio marítimo,   a
                   los  bienes con que se lleva a efecto (naves, artefactos navales o aparatos flotantes), a
                   las personas que directa o indirectamente toman parte y a los servicios que les sirven de
                   auxilio bajo el plano técnico o económico.

                   Se  debe  estudiar  la delimitación  del  ámbito  del  Derecho  Marítimo,  incluyendo  la
                   navegación  por  aguas  interiores,  los  órdenes  mercantil,  penal, laboral,  administrativo,
                   militar  e  internacional  público,  el  aspecto  mercantil  y  no  mercantil  de  las  actividades
                   marítimas,     la     navegación     pesquera,     las     naves     de     recreo     y     las
                   llamadas   industrias marítimas.

                   En  cuanto  a  las  características  del  Derecho  Marítimo,  se  señalan  tres  rasgos
                   fundamentales: El Tradicionalismo, La Originalidad y El Indudable carácterinternacional.
                   Se  estima  como  características  del  mismo:  la  universalidad,  autonomía,  diversidad  y
                   especialidad,  rechazando  la  nota  del  tradicionalismo  o seguridad.  En  consecuencia  el
                   Derecho Marítimo es[4]




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