Page 85 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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en que una embarcación privada o una estatal amotinada ataca a otra en aguas
internacionales o en lugares no sometidos a la jurisdicción de ningún Estado, con el
propósito de robar su carga, exigir rescate por los pasajeros, convertirlos en esclavos y
muchas veces apoderarse de la nave misma. Su definición según el Derecho Internacional
puede encontrarse en el artículo 101 de la Convención de las Naciones Unidas sobre el
Derecho del Mar.
Junto con la actividad de los piratas que robaban por su propia cuenta por su afán de
lucro, cabe mencionar los corsarios, un marino particular contratado que servía en naves
privadas con patente de corso[148]para atacar naves de un país enemigo. La distinción
entre pirata y corsario es necesariamente parcial, pues corsarios como Francis Drake o
la flota francesa en la Batalla de la Isla Terceira fueron considerados vulgares piratas por
las autoridades españolas, ya que no existía una guerra declarada con sus naciones. Sin
embargo, el disponer de una patente de corso sí ofrecía ciertas garantías de ser tratado
como soldado de otro ejército y no como un simple ladrón y asesino; al mismo tiempo
acarreaba ciertas obligaciones.
Según algunos autores, la voz pirata viene del latín pirata que por su parte procedería
del griego peiratés compuesta por peira, que significa «prueba»; a su vez deriva del
verbo peiraoo, que significa "esforzarse", "tratar de", "intentar la fortuna en las
aventuras".
Otros autores abogan porque proviene del griego pyros (fuego). El fundamento que se
alega es que tras un acto típico de amotinamiento en un barco, para eliminar cualquier
tipo de pruebas y toda posibilidad de buscar culpables finalmente se le prendía fuego, no
sabiendo por tanto quien había muerto en la trifulca y quien no, resultaba prácticamente
imposible encontrar algún culpable si se daba a todos por desaparecidos. Siendo por tanto
el término pirata equivalente a incendiario. En este sentido el término pirata fue usado
con anterioridad como actos puntuales de amotinados y saqueadores y no sólo referente
al mar. Cuando esto era así aun no existían piratas en el concepto que más tarde se
implantó. Como suele suceder en todas las épocas una voz aplicada para denominar a un
determinado colectivo, en base a un determinado hecho, dicha voz se acaba generalizando
a un rango mayor y menos específico y fue aplicado a todo saqueador en general, y más
específicamente a los saqueadores del mar (toda vez que existían múltiples voces para
designar a los "saqueadores de tierra"), quemara ya, o no, el barco. Cuando más adelante
en el tiempo ya los saqueadores se organizan surcando el mar y no necesariamente como
resultado de un amotinamiento tienen la necesidad de reparar su propio barco (dañado por
los ataques o por lo embates del mar) y por supuesto de apropiarse el ajeno. Sin embargo
el barco abandonado en la mayoría de los casos seguía siendo incendiado.
A partir de entonces la voz ha sufrido muchos cambios, perdiendo la exclusiva como
sinónimo de incendiario. La voz pirata provenía originariamente de la pirotecnia y de los
inevitables accidentes asociados por los artesanos que militar o civilmente ocurrían de
cuando en cuando. No hay que olvidar que la pirotecnia fue introducida a occidente por
los árabes en la forma de fuegos artificiales y que esto tomaron en parte de Asia y en
parte remanente del esplendor romano . La voz no aparece antes de la invención de la
pólvora y es notable que durante los siglos en que duró la piratería de forma oficial los
progresos en pirotecnia quedaron estancados, siendo estos siglos los XVI, XVII, XVIII y
mediados del XIX. Lo que se supone debido a que los gobiernos monopolizaron la industria
de la pólvora.
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