Page 17 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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La gobernabilidad literalmente significa calidad, estado o propiedad de ser gobernable;
                   mientras  que  su  opuesto,  ingobernable,  designaría  aquello  que  es  incapaz  de  ser
                   gobernado.

                   El gobierno se vale de la gobernabilidad a manera de termómetro para medir los niveles
                   de conflicto –potencial o real-, con el propósito de calcular posibilidades de implementar
                   o  llevar  a  la  práctica  políticas  públicas  contando los  mayores  márgenes  posibles  de
                   actuación. La sociedad, por su parte, acude a la gobernabilidad en busca de seguridad
                   jurídica, económica y social a objeto de garantizar el disfrute pleno de sus derechos. Por
                   ende, en un sistema democrático, la gobernabilidad es una relación bilateral, como ya se
                   ampliará en un instante.

                   De esta manera, por gobernabilidad habrá de entenderse un estado de equilibrio dinámico
                   entre demandas sociales y capacidad de respuesta gubernamental. Esta definición, aun
                   en su brevedad, permite articular los principios de eficacia, legitimidad y estabilidad.

                   La creación de un orden político suficientemente gobernable supone, en primer término,
                   dedicar grandes esfuerzos a la tarea cotidiana e interminable de generar y mantener la
                   legitimidad de las normas y estructuras del régimen. La legitimidad entendida como la
                   creencia de que, a pesar de sus fallas, las instituciones políticas existentes son mejores
                   que otras que pudieran haber sido establecidas y que por tanto, pueden exigir obediencia,
                   implica un razonamiento dinámico que sólo se logra cuando descansa en la idea de que
                   las instancias ciudadanas son las que permiten canalizar la voluntad popular.

                   Y precisamente, en la democracia colombiana, la voluntad popular tiene dos exigencias
                   principales:

                  •  La legitimidad de las instituciones con base en el respeto irrestricto al sistema
                      democrático, al principio de la soberanía popular y al Estado social de derecho.

                  •    Un desarrollo económico firme, sólido, estable y permanente.

                   Sin la primera, es difícil que la segunda sea permanente. No obstante, es más factible
                   alienar la voluntad popular cuando ésta tiene recursos que les permitan una vida libre de
                   sobresaltos y carencias aun cuando el gobierno no sea legítimo.[33] La evolución de las
                   instituciones encierran la creación de nuevos entes como el que aquí se plantea y es la
                   necesidad de crear el Tribunal Marítimo y Fluvial, no solo para instituir   conciencia sobre
                   la  necesidad  de  salvaguardar  nuestros  mares  y  ríos,  sino para  posicionar  al  Estado
                   Colombiano frente a sus vecinos y ante otras naciones del mundo. Pero la conveniencia
                   de que el Tribunal Marítimo y Fluvial y los consecuentes jueces de primera instancia hagan
                   parte de una fuerza militar como la Armada Nacional, no es gratuita ni al azar, ello se deriva
                   de la inmensidad de territorio marítimo que posee Colombia tanto en el Océano Pacifico
                   como  en  el  Atlántico,  y  de  los  múltiples  ríos  navegables,  muchos  de  los  cuales son
                   fronteras  vivas  con  otros  países,  tal  es  el  caso  de  los  Ríos  Orinoco,  Putumayo,  y
                   Amazonas, cuya protección está a cargo de este componente de las Fuerzas Militares, y
                   que  además  ejerce  jurisdicción  administrativa  por  intermedio  de  la  Dirección  General
                   Marítima,  quien  tiene  a  su  cargo  las  Capitanías  de  Puerto  marítimas  o  fluviales  y  las
                   Inspecciones Fluviales del Ministerio de Transporte.












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