Page 15 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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elegante toque de filantropía a la idea tradicional del derecho y del Estado. Hay un salto
                   cualitativo cuando la seguridad jurídica ya no es el centro de gravedad de las instituciones
                   sino que se ve desplazada por el valor de la justicia como realidad social. Es la superación
                   del discurso por lo pragmático. Y, dentro de este contexto se puede afirmar que el Estado
                   Social  de  Derecho  hunde  sus  raíces  en  el  principio  de  solidaridad.  La  jerarquía
                   y publicidad normativa,   irretroactividad   de   lo   no   favorable,   interdicción   de   la
                   arbitrariedad cuya suma constituye, "equilibrada de tal suerte que permita promover, en
                   el orden jurídico, la justicia y la igualdad, en libertad". No obstante que el principio de
                   seguridad no puede erigirse en valor absoluto, por cuanto daría lugar a la congelación
                   del  ordenamiento,  y  éste  debe  responder  a  la  realidad  social  de  cada  momento  y  es
                   precisamente éste el momento de incorporar al ordenamiento jurídico nacional el área
                   del  derecho  marítimo,  como  una  jurisdicción  especial,  tal  como  lo  es  la  jurisdicción
                   ordinaria, la administrativa y la Constitucional, hecho con el cual se garantizaría el no solo
                   poner a Colombia a nivel de otras naciones que han comprendido la importancia de crear
                   la Jurisdicción Marítima dentro de la Rama Judicial, o como una jurisdicción Especial,  tal
                   como lo es el Derecho del Almirantazgo en las naciones anglosajonas, aspecto éste que
                   se  entrelaza  con  la  seguridad  nacional,  habida  consideración  de  que  quienes,  por  lo
                   regular,   administran   especial   área   del   derecho,   en   particular,   son   jueces
                   Militares, activos o  en  retiro  de  la  Armada,  los  cuales  fuera  de  ser  abogados,  se  han
                   formado  en  el arte de  la  marinería,  adquiriendo  conocimientos  jurídicos  mediante
                   especializaciones y doctorados sobre Derecho del Mar y Derecho Marítimo en diferentes
                   Universidades del mundo.

                   1.2.5.2.- SEGURIDAD NACIONAL: Como ya se ha planteado desde distintos espacios,
                   la Seguridad Nacional radica en que es un aspecto fundamental de la vida política nacional
                   que, como muchos otros temas, se ha convertido en un tabú con todas las implicaciones
                   negativas  que  esto  conlleva.  Así,  se  ha  llenado  de mitos,  ficciones  y  malos  manejos,
                   desvirtuando  su  verdadera  razón  de  ser,  su  esencia  y  sus  objetivos  originales,  y  el
                   Derecho Marítimo hace parte de la Seguridad Nacional.

                   Es por ello que la Seguridad Nacional se ha convertido en un concepto muy escabroso,
                   pues no sólo se refiere al hecho de estudiar los fenómenos, personas o instituciones que
                   sustentan a la soberanía o que atentan contra ella, sino de encararlos y a partir de ahí,
                   evaluar la contrariedad, emitir undiagnóstico y dar alternativas de solución con base en
                   dichos criterios. Por otra parte, este concepto es polivalente, pues está condicionado por
                   muchísimas coyunturas, amén de sus factores determinantes permanentes.[28]

                   El  investigador  estadounidense  GENE  SHARP[29]dice  que  el  concepto  de  seguridad
                   nacional  tradicionalmente  se  refería  a  las  amenazas  externas  y  a  la  estabilidad de  un
                   Estado  y,  por  lo  tanto,  se  definía  en  términos  de  disuasión  nuclear,  superioridad  en
                   armamento, inteligencia militar,   alianzas,   contención   de   las   naciones   agresoras   y
                   estabilidad en la relación Estados Unidos-Unión Soviética durante la guerra fría. Sólo que,
                   en una época posterior ésta  -concretamente, la  nuestra-, una definición estrictamente
                   militar de la seguridad nacional parece bastante anacrónica.[30]

                   Por lo tanto, si el significado de seguridad incluye el desarrollo económico, la estabilidad
                   política,   formas   democráticas   de gobierno,   justicia, derechos   humanos, calidad del
                   ambiente  y  las  condiciones  de  vida  de  las  personas,  el  concepto  tradicional  resulta
                   inadecuado como una guía para la investigación sobre el tema.[31]

                   1.2.5.3.-   SERVICIOS   DE   SEGURIDAD: Los   servicios   de   seguridad   comprenden
                   aquellos  órganos  del  Estado  encargados  de  la  recopilación  de  informaciones políticas,
                   militares  y  económicas  sobre  otros  Estados, especialmente  sobre  los  Estados  actual  o
                   potencialmente enemigos (actividad de espionaje).

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