Page 136 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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6.3.2. LAS FUENTES DE INGRESOS.
Existe una gran heterogeneidad de regulaciones nacionales para atender al financiamiento
de la justicia, siendo la principal diferencia cuando se cuenta con una "garantía"
constitucional de su presupuesto asignando constitucionalmente algún porcentaje
de los ingresos corrientes o del producto bruto interno (PBI), no contándose en Colombia
con esa garantía y el presupuesto para la justicia en nuestro país no llega al 1.5 %
6.3.2.1 Caracterización: En algunos países Iberoamericanos el poder judicial tiene
como fuente central de recursos la asignación constitucional, y en otros países, no poseen
porcentaje constitucional asignado como es nuestro caso.
No obstante en el marco institucional y político de cada país se aspira acentuar la
seguridad jurídica no solamente en forma reactiva, después de que el conflicto social se
ha producido en la sociedad y es llevado como litis ante los tribunales, sino también en
forma preventiva asignando tareas pre-jurisdiccionales a la organización judicial, tales
como sucede por ejemplo en los medios alternativos de solución de
conflictos, soluciones en equidad provenientes de los jueces de paz, el registro de
inmuebles, automotores, naves y aeronaves o en el otorgamiento de fe pública por vía
de notarios.
6.3.2.2 Las Alternativas de Financiación de la Jurisdicción Marítima y Fluvial. La
principal fuente de financiación de la Jurisdicción Marítima y Fluvial propuesta es el
presupuesto aprobado por el Estado y complementariamente el cobro de tasas por
concepto de navegación, venta de estampillas usadas por tramites ante los Puertos y
Capitanías de Puerto, y la ya referidas formas de ingresos por actividad de registro de
Naves mayores y menores.
Otras fuentes de financiamiento de la Jurisdicción Marítima y Fluvial serían:
• 1. Porcentaje sobre los ingresos corrientes del estado (sin incluir donaciones ni
financiamientos externos);
• 2. Tasas judiciales o tasa de justicia.
• 3. Ingresos por multas por infringir normas de navegación.
• 4. Servicios e información por Internet
• 5. Venta de publicaciones especializadas sobre navegación
• 6. Venta de bienes sujetos a decomiso por infringir normas Penales, laborales, civiles
y administrativas relacionadas con la navegación
• 7. Administración, arrendamiento o venta de activos propios de la jurisdicción
Marítima y Fluvial.
• 8. Ingresos por servicios de citaciones y embargos de naves, artefactos navales e
instalaciones portuarias privadas.
• 9. Donaciones
• 10. Financiamiento externo
• 11. Servicios regístrales de naves y artefactos navales
• 12. Venta de estampillas
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