Page 97 - Necesidad del tribunal marítimo y fluvial en Colombia - GAC
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3.4. RECOLECCIÓN DE DATOS

                   Es importante destacar que los métodos de recolección de datos, se puede definir como:
                   El  medio  a  través  del cual  los  investigadores  se  relacionan  con  los  participantes  para
                   obtener la información necesaria que permita lograr los  objetivos de la investigación.

                   Dentro de la presente investigación se obtuvo contacto con el DR. MIGUEL ROCA, experto
                   en  Derecho  marítimo,  quien  dio concepto sobre el  trabajo de  monografía  "NECESIDAD
                   DEL  TRIBUNAL  MARÍTIMO  Y  FLUVIAL",  el  pasado  10  de  enero  de  2009,  vía  E-
                   mail mroca@bdlezo.com y quien expuso:

                   "En primer lugar, mi más sincera enhorabuena por tu trabajo. Agradecerte así mismo el
                   privilegio de que hayas decidido compartirlo conmigo.- He podido leerlo con interés y me
                   gustaría  hacerte  llegar  unos  breves  comentarios.-  Comparto  contigo  la  necesidad  del
                   establecimiento  de  este  Tribunal  Marítimo.  De  hecho,  nosotros  también  lo  anhelamos
                   en   España, y me consta que otros países en Europa no han cesado aun en sus esfuerzos
                   de convencer a las autoridades para conseguir su establecimiento. El cometido es muy
                   complejo,  por  lo  que  trabajos  como  el  tuyo  contribuyen  sin  duda  a  conseguirlo.-
                   Tu  introducción histórica  me  ha  parecido  fantástica,  pues  a  modo  de  aproximación  al
                   fondo del asunto nos sitúa en el plano necesario para acometer el apoyo que manifiestas
                   a la  constitución del Tribunal. En cuanto a las fuentes del derecho marítimo y el apartado
                   de Convenciones, he echado de menos una referencia al Convenio UNCITRAL-CMI y a la
                   regulación futura del comercio marítimo. Así mismo, cuando te refieres al derecho del mar
                   moderno, creo que hubiera sido necesario mencionar el reto que hoy en día supone la
                   piratería, sobretodo en zonas como Somalia y el Estrecho de Malaca y como los Estados
                   deben luchar contra la falta de ejercicio de jurisdicción de esos países sin recursos sobre
                   sus aguas.- Por último, creo que una referencia al arbitraje marítimo como medio efectivo
                   de resolución de disputas es fundamental. Hoy en día gran parte de las disputas marítimas
                   se resuelven por medio de arbitraje y gran parte de ellas en Londres, principalmente bajo
                   las  normas de  la  LCIA y  de la  LMAA. Nuestro despacho acaba  de publicar  el libro "El
                   Arbitraje  Marítimo  en  Londres"  con  la  editorial  Thomson-Aranzadi (puedes verlo en
                   www.derechomaritimo.info), por si fuera de tu interés profundizar en el asunto. El Tribunal
                   de  Colombia  podría  sin  duda  compaginar  sus  tareas  procesales  con  las de organismo
                   mediador arbitral, como de algún modo ocurre con el LCIA de Londres.- En cualquier caso,
                   salvo estos pocos comentarios menores, tu trabajo me ha parecido excelente y de nuevo
                   insisto  en  mi  felicitación  por  el  mismo.-  Un  fuerte  abrazo,  Miquel  RocaAbogado  y
                   Solicitor.- Abogado & UK Qualified Lawyer.- Blas de Lezo Abogados.- Plaza de Compostela
                   19, 3ºI.- 36201 Vigo.- España

                   El Dr. MIQUEL ROCA está colegiado tanto en España como en Inglaterra y es miembro
                   de  la  Asociación  Española  de  Derecho  Marítimo  (miembro  de  la  Junta  Directiva);  del
                   Comité de Derecho Marítimo de Cataluña; de la International Bar Association (Maritime
                   and   Transport   Committe)   y   del   Instituto   Iberoamericano   de   Derecho   Marítimo.
                   Es profesor de derecho marítimo en la City Law School, The City University, de Londres;
                   así como en la Swansea University, en el País de Gales. Tras trabajar para la Asesoría
                   Jurídica de la Autoridad Portuaria del Puerto de Barcelona, el Dr. ROCA fue contratado
                   por la naviera P&O Nedlloyd donde durante dos años trabajó como Account Manager. Tras
                   ello fue contratado por las Naciones Unidas en su sede de Viena, donde trabajó para la
                   CNUDMI  (Comisión  de  las  Naciones  Unidas  para  el Derecho  Mercantil Internacional)
                   dentro  del grupo de  Derecho  del  Transporte.  Allí  ejerció  también  como  profesor  de
                   Derecho Marítimo en la Viena Webster University.


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